Aprueban listados que contienen a las instituciones educativas, que a partir del año 2018 se integran al proceso de implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica

VISTOS, el Expediente N° 0238136-2017, el Informe N° 192-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Informe Nº 343-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI-DEP remitido por la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 1249-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal c) del artículo 80 de la referida Ley señala que es función del Ministerio de Educación, elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos técnicos para su diversificación;
Que, asimismo, el artículo 33 de la misma Ley establece que el currículo de la Educación Básica se sustenta en los principios y fines de la educación peruana; y que el Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales; precisándose que, en la instancia regional y local, se diversifican a fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada institución educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor oficial;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, se aprobó el Currículo Nacional de la Educación Básica; el cual fue modificado por la Resolución Ministerial N° 159-2017-MINEDU. Asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 649-2016-MINEDU, se aprobaron los Programas Curriculares de Educación Inicial, de Educación Primaria y de Educación Secundaria; disponiéndose, también, que la implementación del citado Currículo se realizará a partir del 01 enero del año 2017 en las instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas y en las instituciones educativas privadas de educación primaria, que se encuentran focalizadas en el anexo respectivo;
Que, con los Oficios N° 1214-2017-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y Nº 2114-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y la Dirección General de Educación Básica Regular remiten al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 192-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA y Nº 343-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI-DEP, respectivamente; a través de los cuales sustentan la necesidad de aprobar los listados que contienen a las instituciones educativas, que a partir del año 2018 se integran al proceso de implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica; para lo cual las referidas Direcciones Generales han tomado en consideración los criterios que se señalan en sus respectivos informes, por lo que proponen la aprobación de lo siguiente: Listado de Instituciones Educativas de Educación Inicial; Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Polidocentes; Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Intercultural Bilingüe; y Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Multigrado Monolingüe Castellano;
Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Educación Básica Regular; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; 
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los listados que contienen a las instituciones educativas, que a partir del año 2018 se integran al proceso de implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica, los mismos que forman parte de la presente resolución, con sus correspondientes anexos:
• Anexo 1: Listado de Instituciones Educativas de Educación Inicial
Cantidad de Instituciones Educativas del Nivel Inicial del Plan piloto para la Implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica, según regiones 2018.





• Anexo 2: Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Polidocentes

Cantidad de Instituciones Educativas del Nivel Primaria Polidocentes Completas Urbanas y Rurales para la Implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica, según regiones 2018.

• Anexo 3: Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Intercultural Bilingüe
Cantidad de Instituciones Educativas del Nivel Primaria de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) del Plan piloto para la Implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica, según regiones 2018.

• Anexo 4: Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Multigrado Monolingüe Castellano
Cantidad de Instituciones Educativas del Nivel Primaria Polidocente Multigrado y Unidocente Monolingüe Castellano del Plan piloto para la Implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica, según regiones 2018.


Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO MOLINARI PALOMINO
Viceministro de Gestión Pedagógica
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